La Hoja de Ruta de Instrumentos de Precio y Mercados de Carbono (IPMC) del Ministerio del Medio Ambiente esta orientada a consolidar un marco integral para la implementación efectiva, coherente y articulada de estos mecanismos en Chile. Su finalidad principal es contribuir de manera decisiva al cumplimiento de las metas climáticas del país, potenciando el desarrollo de proyectos de reducción y absorción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y de forzantes climáticos de vida corta (FCVC).
El desarrollo de los instrumentos de precio y mercados de carbono (IPMC) representa una oportunidad estratégica para Chile en su camino hacia la carbono-neutralidad y la resiliencia climática. Es importante destacar la importancia de la articulación de estos instrumentos, ya que no sólo permiten reducir emisiones de manera costo-efectiva, sino que también abren espacios para movilizar financiamiento, atraer inversión en proyectos de mitigación y fortalecer la innovación tecnológica. Es por ello, que el Ministerio del Medio Ambiente, junto al aporte de los ministerios sectoriales, ha desarrollado esta hoja de ruta en base a los distintos marcos regulatorios y normativos establecidos en la Ley Marco de Cambio Climático, la Reforma Tributaria y los compromisos internacionales del país en el marco del Acuerdo de París.
¿Por qué una Hoja de Ruta IPMC?
En un contexto global marcado por la urgencia de enfrentar la crisis climática, los IPMC se han consolidado como herramientas clave para alinear las señales financieras con los objetivos ambientales. Estos mecanismos permiten entender e internalizar los costos asociados a la contaminación, incentivar la innovación tecnológica, fomentar inversiones sostenibles y generar oportunidades económicas, contribuyendo al mismo tiempo a la carbono-neutralidad y a la resiliencia climática.
Instrumentos

Artículo 6 (Acuerdo de París)
Cooperación internacional para implementar la NDC, principalmente, mediante resultados de mitigación transferidos internacionalmente (ITMOs) y procesos de autorización.

SCE Impuesto Verde
Portal oficial del Sistema de Compensación de Emisiones del Impuesto Verde.

HuellaChile
Sistema voluntario de certificación y gestión (GEI, FCVC y Agua), y plataforma para la acción climática de organizaciones.

Normas de emisión de GEI y forzantes climáticos de vida corta (FCVC)
Próximamente
Marco regulatorio
Establece un marco jurídico para hacer frente a los desafíos que presenta el cambio climático, con la finalidad de alcanzar y mantener la neutralidad de emisiones de gases de efecto invernadero al año 2050.
Incorpora un impuesto a las emisiones de fuentes fijas.
Que moderniza la legislación tributaria
Esta reglamentación está mandatada en el artículo 15, inciso 5°, de la Ley 21.455, y regula la implementación de los mecanismos de cooperación internacional del artículo 6 del Acuerdo de París, especialmente, el mercado de carbono establecido en el marco de la CMNUCC, definiendo criterios de elegibilidad de actividades o programas de actividades de mitigación, un sistema de gobernanza multisectorial y procesos de autorización para habilitar la generación, autorización y transferencia de Resultados de Mitigación de Transferencia Internacional (ITMOs, por sus siglas en inglés).
Este reglamento nace a partir de la dictación de la ley N° 21.210, que moderniza la legislación tributaria, y, a partir de 2023, incorpora un mecanismo que permite a los contribuyentes afectos al pago del Impuesto Verde compensar todo o parte de sus emisiones mediante certificados de reducción de emisiones.
Esta regulación, mandatada en el artículo 30 de la Ley 21.455, sienta las bases para habilitar al programa HuellaChile en la emisión de certificados, rótulos y etiquetas respecto a la cuantificación, gestión y reducción de emisiones de GEI y FCVC, y la cuantificación y gestión del uso eficiente del agua.
- Estos reglamentos son mandatados en los artículos 14 y 15 de la Ley 21.455, respectivamente, y establecen los criterios para la elaboración de normas de emisión de GEI y FCVC, que pueden fijar la cantidad máxima acumulada de emisiones por tecnología, sector o actividad con el objeto de cumplir los objetivos de la ECLP y NDC. Por otro lado, para el cumplimiento de una norma de emisión se podrán usar certificados de reducción o absorción de emisiones provenientes de proyectos chilenos o de excedentes en el cumplimiento de una norma de emisión, habilitando un sistema de compensación.